Hacer sindicalismo no puede ser un delito

  • El Juzgado de lo Penal nº 1 de Gijón, condena a penas de prisión a 7 sindicalistas de la CNT, “sentencia que vamos a recurrir”
  • “Con esta dura condena se quiere mandar un claro mensaje al sindicalismo combativo: es una amenaza directa a toda trabajadora que quiera ejercer sus derechos”, ha señalado CNT.

Esta pasada semana se ha publicado la sentencia que abordaba las movilizaciones sindicales que tuvieron lugar en el año 2017, en apoyo de una trabajadora, y, pese a que no había gran optimismo sobre el fallo, según la CNT, “éste ha sobrepasado los peores augurios: penas de cárcel de tres años y medio, salvo para el activista Lagarder y una indemnización que supera la solicitada por el ministerio fiscal, algo no muy frecuente y que alcanza la friolera de 125.428,1 euros.”

Los servicios jurídicos de la organización anarcosindicalista están trabajando, desde el mismo día de la notificación, en el recurso de apelación que pueda corregir la inaudita severidad que “no deja de recordar la sentencia recaída en su día en el procedimiento que se siguió contra Cándido y Morala”, señala la CNT, y que daría lugar a un documental, Ni un paso atrás, lema que “hacemos nuestro porque de ninguna manera vamos a permitir la criminalización de la acción sindical que es lo único que tenemos la clase trabajadora para defendernos”, subraya la central anarcosindical.

Aunque el momento del análisis “lo dejamos para más tarde, así como las implicaciones y extrañas coincidencias”, simplemente recordar que el querellante que a lo largo de todo el procedimiento ha pretendido que el conflicto sindical le había sumido en una crisis económica que le obligó a presentar un concurso de acreedores, sin embargo ha contado con lo más granado de la abogacía, habiéndose sucedido en la defensa de sus interés, algunos letrados de conocido renombre, el último de ello, Javier Gómez Bermúdez, expresidente de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional.

Igualmente, dentro de la cuantiosísima indemnización se encuentra una partida por la pérdida de una vivienda que, al menos, al momento de la vista del juicio, seguía a nombre de los querellantes… y ello por no hablar de la sucesión de informes periciales contradictorios que, sin embargo, parecen no haber despertado duda alguna, pese a que en la última sesión del juicio se pusiera de manifiesto por las defensas la inconsistencia de las cifras reclamadas. Es importante subrayar, finalmente, que, a lo largo de los meses, que no llegaron a cinco, en los que se desarrolló la acción sindical, en ningún momento hubo deterioro de bien alguno; no se impidió la circulación de la clientela y pese a la presencia policial, llamada por los dueños de la pastelería, ésta nunca se vio obligada a intervenir…

Entendemos que este caso, en el que la sentencia es un paso más, nos encontramos ante “la criminalización del ejercicio más básico de la acción sindical”, subraya CNT: es un ataque frontal contra todas las trabajadoras y el sindicalismo en general, “hoy hemos sido nosotras, pero mañana puede ser cualquiera”.

Es tiempo de reflexionar, de seguir trabajando en nuestro modo de entender el sindicalismo, pegado siempre a la calle y a los problemas reales y de preparar los mejores recursos posibles no olvidando que nada, absolutamente nada, nos va a apartar de nuestra acción en defensa de los derechos de la clase trabajadora: ¡ni un paso atrás!

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